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El miércoles, 1 de abril, entraron en vigor nuevas leyes sobre los permisos pagados de emergencia. Esto incluye los permisos pagados de emergencia por enfermedad y los permisos familiares pagados de emergencia.

Si tienes algún problema o si necesitas más información sobre tus derechos, llama a la línea de ayuda gratuita y confidencial de nuestros socios A Better Balance, 1-833-NEED-ABB (633-3222). En muchos estados también existen organizaciones que proporcionan asistencia legal gratis que pueden ser un excelente recurso para ayudarte a navegar estas leyes. Es probable que puedas encontrar estas organizaciones en el sitio web del Fiscal General odel Colegio de Abogados de tu estado.

 

1. ¿Quién está cubierto por esta ley?

Puedes estar cubierto por estas políticas si tu empleador tiene menos de 500 empleados. También puedes estar cubierto si trabajas para el gobierno local o estatal. Pero si trabajas para el gobierno federal, puede que no califiques para los permisos familiares ampliados de emergencia, pero tal vez califiques para los permisos de emergencia pagados por enfermedad. Más adelante encontrarás más información sobre estos dos tipos de permisos.

La ley tiene grandes lagunas que permiten que los empleadores excluyan a los proveedores de servicios médicos y al personal de emergencias del acceso los permisos pagados. Si eres un proveedor de servicios médicos o perteneces al personal de emergencias, tu empleador es quien decide si tienes acceso a estos beneficios o no. Puedes encontrar la definición de “proveedor de servicios médicos” y “personal de emergencias” al final de este artículo.

Eso no está bien. Los trabajadores de la salud, el personal de emergencias y las familias de todo el país necesitan permisos pagados no solo en caso de una pandemia. Haz clic aquí para exigir que el Congreso se asegure de que estos beneficios estén disponibles permanentemente para TODOS los trabajadores, incluyendo los que están en las primeras líneas de defensa.

 

2. ¿Para qué se puede pedir el permiso?

La nueva ley contempla dos tipos de permisos: permisos de emergencia pagados por enfermedad y permisos familiares pagados de emergencia.

Permisos pagados por enfermedad: Un empleado cubierto puede pedir hasta 2 semanas (o hasta 80 horas) de permiso pagado por enfermedad si no puede trabajar (o no puede teletrabajar) y necesita el permiso porque:

  • Estás bajo cuarentena o cumpliendo una orden de aislamiento federal, estatal o local (incluyendo las órdenes de quedarse en casa) debido al COVID-19;
  • Un proveedor de servicios de salud te aconsejó que te pongas en cuarentena voluntaria debido al COVID-19;
  • Tienes síntomas de COVID-19 y estás esperando el diagnóstico de un médico;
  • Cuidas a alguien a quien se le ha ordenado aislarse o ponerse en cuarentena tal como se describe arriba;
  • Cuidas a un niño cuya escuela o guardería está cerrada (o el proveedor de cuidados no está disponible) por razones asociadas con COVID-19.

Permisos familiares pagados de emergencia (también llamados permisos familiares y médicos ampliados): Un empleado cubierto puede pedir hasta 10 semanas de permiso familiar pagado de emergencia (en adición a las 2 semanas de permiso por enfermedad, para un total de 12 semanas) para cuidar a un hijo cuya escuela o guardería está cerrada o si su proveedor de cuidados no está disponible por razones asociadas con COVID-19.

Desafortunadamente, la mayoría de los empleados federales no tienen acceso a este permiso. Además, si trabajas para el sector privado y tu empleador tiene menos de 50 empleados, es posible que diga que no tiene que proporcionar este permiso a todos sus empleados porque hacerlo pondría en peligro a su empresa. Aun así, tu empleador está obligado a notificarte de tus derechos. Si pediste un permiso bajo FMLA el año pasado, tu elegibilidad puede reducirse dependiendo de la cantidad de semanas de permiso que tomaste. En la pregunta 9 encontrarás más información sobre la interacción de esta ley con FMLA y con los Permisos Familiares y Médicos Pagados que ofrece el estado.

¡Las escuelas y guarderías están cerradas para proteger a las familias! La capacidad de los padres de tener acceso a los permisos familiares pagados no debe estar basada en dónde trabajan, sino en si los necesitan o no. ¡Haz clic aquí para exigir que los legisladores hagan que los permisos pagados estén disponibles para TODOS!

 

3. ¿Estos permisos incluyen protección laboral?

Ambos permisos usualmente incluyen protección laboral, a menos que tu puesto de trabajo sea eliminado debido a cambios económicos desfavorables. En este caso, puedes considerar solicitar los beneficios que ofrece el seguro de desempleo para suplementar tus ingresos. Si perdiste tu trabajo debido a la pandemia, es posible que califiques para Asistencia de Desempleo por la Pandemia. Puedes encontrar más información en este recurso de nuestros socios de National Employment Law.

En general, y en la mayoría de los casos, tienes derecho a ser restituido a la misma posición o a una posición equivalente cuando regresas a trabajar después de un permiso pagado por enfermedad o un permiso familiar y médico ampliado. Se prohíbe que tu empleador te despida, discipline o discrimine de cualquier forma por solicitar un permiso pagado por enfermedad o un permiso familiar y médico ampliado. Tu empleador tampoco puede despedirte, disciplinarte o discriminarte de cualquier forma por interponer algún tipo de queja en su contra por no cumplir con esta ley. Esto no quiere decir que estás protegido de las acciones laborales, como despidos o suspensión temporal de actividades, que te hubieran afectado sin importar si tomabas el permiso o no. Esto significa que tu empleador todavía te puede despedir por razones laborales legítimas. Por ejemplo, si despiden a todo tu departamento mientras estás fuera bajo el permiso, no eres elegible para protección laboral.

Si crees que tu empleador discriminó en tu contra al despedirte de tu trabajo, puede ser buena idea consultar con un experto en leyes laborales. Puedes solicitar ayuda a la línea de ayuda gratuita y confidencial de nuestros socios A Better Balance llamando al 1-833-NEED-ABB (633-3222). En muchos estados también existen organizaciones que ofrecen asistencia legal gratis que pueden ser un excelente recurso. En el sitio web del Fiscal General o del Colegio de Abogados de tu estado y condado puedes encontrar las listas de organizaciones y recursos disponibles. 

 

4. ¿Cuánto tiempo de permiso puedo tomar?

Los empleados elegibles pueden tomar hasta 2 semanas de permiso de emergencia por enfermedad (o hasta 80 horas) y 10 semanas de permiso familiar pagado de emergencia. Esto representa un total de 12 semanas de permiso. Las empresas pueden solicitar que el gobierno federal les reembolse el permiso a través de un crédito tributario reembolsable. Si tu empleador necesita más información sobre el reembolso, el IRS ha publicado una guía para las empresas aquí.

 

5. ¿Quién paga mi salario, mi empleador o el gobierno?

Durante cualquiera de estos permisos, tu salario es pagado por tu empleador y debes notificarle de tu intención de solicitar el permiso.

El gobierno federal puede reembolsar a los empleadores a través de un crédito tributario reembolsable. Si eres un pequeño empresario, haz clic aquí para ver recursos adicionales de nuestros socios Main Street Alliance. También puedes leer más sobre los créditos tributarios reembolsables en el sitio web del IRS aquí.

 

6. ¿Cuánto se me pagará durante el permiso?

Si estás tomando un permiso pagado por enfermedad para obedecer una orden del gobierno de aislarte o de quedarte en casa, te han pedido que te pongas en cuarentena voluntaria o tienes síntomas de COVID-19, recibirás tu salario completo o el salario mínimo aplicable al lugar donde trabajas por cada hora de trabajo perdida, la cantidad que sea mayor. El máximo al que tienes derecho es $511/día o $5,110 por los 10 días del permiso. Por ejemplo, si trabajas 30 horas a la semana y pides dos semanas de permiso pagado, recibirás el pago de 60 horas de trabajo perdidas. Se te pagará tu salario regular O el salario mínimo aplicable, la cantidad que sea mayor.

Si estás pidiendo un permiso pagado por enfermedad para cuidar a alguien que está obedeciendo una orden de quedarse en casa o para cuidar a un hijo cuya escuela o guardería no está disponible, tienes derecho a recibir dos tercios de tu salario regular o el salario mínimo aplicable, la cantidad que sea mayor. La cantidad máxima que tu empleador está obligado a pagarte es $200/día o $2,000 por un periodo de dos semanas.

Si pides un permiso familiar pagado recibirás no menos de dos tercios de tu salario regular por las horas que regularmente debías trabajar. Al sumar las 2 semanas de permiso pagado por enfermedad y las 10 semanas de permiso familiar pagado, la cantidad máxima a la que tienes derecho es $12,000 por las 12 semanas. Esto no significa que tu empleador no pueda optar por pagarte más.

 

7. ¿Qué pasa si trabajo medio tiempo? ¿Estoy cubierto por esta ley?

Sí, siempre y cuando satisfaga los demás requisitos que aparecen en la Pregunta 1. Recibirás el pago de las horas por semana que normalmente hubieras trabajado. Para determinar cómo se calculan las horas si trabajas medio tiempo, lee la quinta pregunta de las Preguntas Frecuentes del Departamento de Trabajo

 

8. ¿Qué pasará con mi permiso pagado por enfermedad regular? ¿Es este permiso de emergencia pagado por enfermedad adicional a mi permiso regular?

En el caso de los permisos pagados por enfermedad, este permiso de emergencia pagado por enfermedad es adicional a tu tiempo pagado por enfermedad regular y el tiempo libre que te ofrezca tu empleador. Tu empleador no puede obligarte a usar el permiso pagado que hayas acumulado antes de usar el permiso de emergencia por enfermedad. Muchos estados y ciudades tienen leyes que requieren que los empleados puedan acumular tiempo por enfermedad. Encuentra la lista completa de las leyes de permisos pagados por enfermedad a nivel local y estatal aquí.

 

9. ¿Qué pasa con los permisos que proporciona FMLA? ¿Es este permiso de emergencia pagado por enfermedad adicional a mi permiso regular?

Los permisos familiares y médicos pagados de emergencia no son adicionales a los permisos que ofrece la Ley de Permisos Familiares y Médicos (FMLA, por sus siglas en inglés). Si calificas para FMLA solo puedes tomar hasta 12 semanas de permiso al año*. Esta ley no cambia esto. Por lo tanto, si usaste todo el permiso que te otorga FMLA el año pasado, puede que no seas elegible para este permiso.

Esto puede ser un poquito complicado, así que presta atención.

  • Si tu empleador está cubierto bajo la FMLA federal (es decir, tu empleador tiene por lo menos 50 empleados dentro de un radio de 75 millas) y tomaste 12 semanas de permiso FMLA sin sueldo el año pasado*, puede que no califiques para el beneficio del permiso familiar pagado federal de emergencia. 
     
  • Si tu empleador está cubierto por FMLA y tomaste 12 semanas o más de permiso a través del programa de permisos familiares y médicos pagados del estado, es posible que no califiques para el beneficio del permiso familiar pagado federal de emergencia.
     
  • Si tu empleador está cubierto por FMLA, tomaste menos de 12 semanas de permiso bajo FMLA el año pasado* y tu empleador tiene menos de 500 empleados, eres elegible para el permiso familiar de emergencia si la escuela o guardería de tu hijo no está disponible debido a COVID-19. Pero es posible que no puedas tomar las 12 semanas completas si usaste el año pasado parte del permiso que ofrece FMLA.
     
  • Si tu empleador NO está cubierto por FMLA (es decir, trabajas para un empleador que tiene menos de 50 empleados en un radio de 75 millas) y tu empleador lo permite, eres elegible para las 12 semanas completas del permiso familiar de emergencia para cuidar a tus hijos. 

*En base al calendario de FMLA de tu empleador. Algunos empleadores usan un calendario de enero a diciembre y algunos usan un calendario individual para cada empleado, es decir, el primer día de los 12 meses de tu calendario FMLA se cuenta desde el primer día del permiso. Es importante que tomes en cuenta que los empleados tienen derecho a un límite de 12 semanas de permiso familiar ampliado bajo esta ley, incluso si el periodo de tiempo aplicable (1 de abril al 31 de diciembre de 2020) abarca dos periodos FMLA. Por ejemplo, digamos que solicitas un permiso familiar pagado de emergencia del 1 de abril al 1 de junio y el año FMLA de tu empleador termina el 30 de junio y vuelve a comenzar el 1 de julio. No puedes tomar 12 semanas adicionales de permiso familiar pagado ampliado de emergencia debido a problemas con tus arreglos de cuidado infantil asociadas con COVID-19.

 

10. Mi estado ofrece un programa de permisos familiares y médicos pagados. ¿Cómo interactúa con este beneficio?

Dependiendo del programa de permisos pagados de tu estado, es posible que puedas usar los beneficios estatales para cuidar de ti mismo o de un ser querido durante el brote de COVID-19. Esto dependerá de las leyes y protecciones específicas de tu estado. Puedes ver si tu estado tiene su propio programa de permisos familiares y médicos pagados en esta útil tabla de National Partnership for Women and Families.

 

¡Uf! ¡Cuánta información! Gracias por leer todo esto. ¿Tienes preguntas? Deja tu comentario abajo y haremos lo mejor que podamos para darte la información que necesitas.

Parece complicado, pero no tiene por qué serlo. Es hora de que Estados Unidos garantice permisos pagados para TODOS –ya sea que los necesites para cuidar de ti mismo o de tu familia. Ayúdanos a exigir que el Congreso cierre las lagunas en estas leyes de permisos pagados de emergencia y que haga que los permisos pagados sean una realidad para todos.

 

[1] Definición de proveedor de servicios médicos: Un proveedor de servicios médicos es toda persona que trabaja en la consulta de un médico, hospital, centro de salud, clínica, institución postsecundaria dedicada a educar en las ciencias de la salud, escuela de medicina, departamento o agencia de salud local, centro de enfermería, centro para la tercera edad, asilo de ancianos, proveedores de servicios médicos a domicilio y cualquier lugar que realice pruebas de laboratorio o exámenes médicos, farmacia o cualquier institución, empleador o entidad similar. Esto incluye toda institución, instalación, lugar o centro, permanente o temporal, que ofrezca servicios médicos similares a los que ofrecen estas instituciones. Esta definición incluye a toda persona que trabaje para una entidad que sea contratista de cualquiera de las instituciones mencionadas arriba que proporcione servicios o mantenimiento a las operaciones de la instalación donde los servicios del empleado sean necesarios para apoyar las operaciones de dicha instalación. Esto también incluye a toda persona que trabaje para una entidad que proporcione servicios médicos, produzca suministros médicos o que de cualquier forma participe en la fabricación de equipo médico, exámenes, medicamentos, vacunas, métodos diagnósticos o tratamientos asociados con el COVID-19.

Definición de personal de emergencias: El personal de emergencias es toda persona que sea necesaria para proporcionar transporte, atención, servicios médicos, consuelo y nutrición a los pacientes o a toda persona necesaria para responder al COVID-19. Esto incluye, pero no se limita a las fuerzas armadas o la guardia nacional, oficiales de la ley y el orden, personal de las instituciones correccionales, bomberos, personal de los servicios médicos de emergencia, médicos, enfermeros, personal de salud pública, técnicos de emergencias médicas, paramédicos, personal para el manejo de emergencias, operadores del 911, trabajadores  y proveedores de servicios de bienestar infantil, personal de los servicios públicos y personas que tengan la capacidad o el adiestramiento necesario para ayudar en caso de que se declare una emergencia, así como las personas que trabajan para los centros en los que trabajan estas personas y aquellas personas cuyo trabajo es necesario para mantener las operaciones de dichos lugares.

 



Las opiniones expresadas en estos blogs no son necesariamente representativas de las posturas en las políticas de MamásConPoder ni en campañas activas.